DISPOSITIVA
Por los fundamentos de hecho y de derecho antes expuestos, este JUZGADO SEXTO DE PRIMERA INSTANCIA PENAL EN FUNCIONES DE JUICIO DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA, ACTUANDO COMO TRIBUNAL UNIPERSONAL, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, hace los siguientes pronunciamientos:
PRIMERO: Declara Con Lugar la solicitud Fiscal y de la Defensa, y en consecuencia, NO CULPABLES a los ciudadanos ALVIS ENRIQUE CARRILLO GONZALEZ, quien dijo ser venezolano, Natural de Maracaibo, Estado Zulia, hijo de Ana Elisa Palmar González y José Carrillo, Titular de la Cedula de identidad Nº V-21.750.717, Fecha de nacimiento 09/12/80, de profesión u oficio Albañil, analfabeta pero quien manifiesta saber firmar, de estado civil concubino, de 28 años, residenciado en el sector Pueblo Aparte, callejón y casa sin numero, al fondo de la Planta de Hielo, en la entrada de la Barbería Nicolás, cerca de la Población de Cuatro Bocas, Municipio Mara del Estad.....