". En consecuencia este Juzgado Ejecutor de Medidas de los Municipios Páez, Araure, Agua Blanca, San Rafael de Onoto y Ospino del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley Declara:"La Entrega Material del Inmueble, constituido por un local Comercial, distinguido con el No 41, ubicado en la planta alta de la tercera etapa del centro Comercial Ciudad cristal, situado en la avenida Libertador y avenida 30 con calle 21 de la ciudad de Acarigua, Estado Portuguesa, libre de bienes y personas a la apoderada actora Abg. Achune Constantine Costa, anteriormente identificada quien expone:" Recibo conforme el bien inmueble antes descrito libre de bienes y de personas. Es todo. El Tribunal da por cumplida su misión y resuelve volver a su sede siendo las 10:15 AM. Es todo. Terminó, se leyó y conformes firman.-