DECLARA:
a) CON LUGAR la solicitud de Rectificación del Acta de Nacimiento de la niña (se omiten los nombres de los niños y adolescentes por razones de confidencialidad), identificada con el Nº Nº 1020, de fecha Diez (10) de Septiembre de Dos Mil Dos (2002), del libro de Registro de Nacimiento que reposa en el archivo de la Jefatura Civil de la Parroquia Los Cortijos, Municipio San Francisco del Estado Zulia, y la Oficina del Registro Principal del Estado Zulia; por consiguiente, queda rectificada el acta de nacimiento antes nombrada.
b) De conformidad con lo previsto en el artículo 774 del Código de Procedimiento Civil se ordena la inserción integra de esta sentencia en los libros de nacimiento del año en curso, original y duplicado, llevado por la Jefatura Civil de la Parroquia Los Cortijos, Municipio San Francisco del Estado Zulia, sin hacer alteración de la partida rectificada, colocando al margen de esta última una nota marginal señalando que la misma fue objeto de rectific.....