DISPOSITIVO
Por las razones antes expuestas, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR la acción interpuesta por el ciudadano FABIÁN ANTONIO SOTO ESCOBAR contra C.A. AGRÍCOLA LAS CLAVELLINAS, por cobro de Indemnización por Enfermedad Ocupacional.
SEGUNDO: Se ordena a la C.A. AGRÍCOLA LAS CLAVELLINAS, a cancelar al ciudadano FABIÁN ANTONIO SOTO ESCOBAR, titular de la cedula de identidad Nº 13.703.170, la cantidad de DOSCIENTOS NOVENTA Y TRES MIL DOSCIENTOS DOCE BOLÍVARES CON CINCUENTA Y TRES CÉNTIMOS (Bs. 293.212,53); por Indemnización por Enfermedad Ocupacional, Responsabilidad Subjetiva.
TERCERO: Se ordena a la C.A. AGRÍCOLA LAS CLAVELLINAS, a cancelar al ciudadano FABIÁN ANTONIO SOTO ESCOBAR, titular de la cedula de identidad Nº 13.703.170, la cantidad de TRES CIENTOS.....