T E R C E R O
En razón de lo expuesto este Juzgado de Primera Instancia en Función de Control Nº 1, Sección de Responsabilidad Penal de Adolescentes del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Declara con lugar la solicitud presentada por la Representación Fiscal, en consecuencia decreta el Sobreseimiento Definitivo a favor de la adolescente IDENTIDAD OMITIDA, por la presunta comisión del delito de LESIONES PERSONALES MENOS GRAVES, todo de conformidad a lo establecido en el articulo 561 literal "d" de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, en concordancia con el articulo 318, ordinal 3 del Código Orgánico Procesal Penal, por encontrarse evidentemente prescrita la acción penal.
Por cuanto el sobreseimiento pone término al procedimiento y tiene la autoridad de cosa juzgada, de conformidad con el artículo 319 ejusdem, se ordena notificar a las p.....