PRIMERO: El ciudadano ALEXANDER MANUEL CASSIANI ORELLANA, podrá ir a buscar a su hijo Identificación Omitida por Disposición de la Ley , los días sábados a las 3:00 p.m., y lo regresará los domingos a las 5:00 p.m., el mismo será cada quince (15) días y los otros dos fines de semana lo visitará en horas del día en un horario de 7:00 a.m. a 6:00 p.m., se aclara que los fines de semana que el niño se quede con su padre será YARAMIN COROMOTO VALERO VARGAS, quien se lo lleve a ALEXANDER MANUEL CASSIANI ORELLANA, y lo regresará . SEGUNDO: Este Régimen de Convivencia Familiar comenzará a tener efecto a partir de hoy 15/12/2016. TERCERO: Los días feriados, navidad, año nuevo, carnaval y semana santa, las partes se pondrán de acuerdo para compartir con su hijo. CUARTO: El presente acuerdo surtirá efecto inmediato aquí firmado entre las partes. Ahora bien, como quiera que dicho convenimiento no vulnera los derechos del niño arriba identificado, en consecuencia este Tribunal Primero de Primera .....