En consecuencia, constata este Juzgador, que de acuerdo al pronunciamiento de la Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, en sentencia número 492 de fecha 30/10/2024, y encontrándose el recurso de apelación ejercido por el abogado, Gegdiel Castellanos, actuando como apoderado judicial de los codemandados, ciudadanos JUAN CARLOS DUQUE HERRERA, JEAN CARLOS BETANCOURT MÉNDEZ, CARMEN DIGNORA MÉNDEZ RIVAS, contra una decisión interlocutoria la cual, no genera ningún perjuicio irreparable para la parte recurrente, este Tribunal NIEGA LA ADMISIÓN de la Apelación realizada. Así se decide.-