Este Tribunal Segundo Ejecutor de Medidas Administrando Justicia en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley y, con la facultad conferida por el tribunal comitente, Declara Embargado Preventivamente la cantidad de Ochenta y Ocho Mil Cincuenta y Un Bolívares con Cuarenta y Cinco Céntimos (Bs. 88.051,45) de los Ciento Sesenta y Cinco Mil Ochocientos Veinticuatro Bolívares (Bs. 165.824,00),