DISPOSITIVO
Por los razonamientos expuestos, este Tribunal de Primera Instancia en Función de Juicio N° 1 del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, RESUELVE:
PRIMERO: Con fundamento en el numeral 2. del artículo 262 del Código Orgánico Procesal Penal, R E V O C A la medida de coerción personal menos gravosa que concedió al acusado MAXIMINO ANTONIO ÁLVAREZ RAMOS, debidamente identificado en el Expediente, el Juez de Primera Instancia en Función de Control adscrito a este mismo Circuito Judicial Penal mediante auto de fecha 15 de julio de 2004 inserto al folio 204, Pieza N° 1;
SEGUNDO: Con fundamento en el artículo 250 ejusdem, D E C R E T A la PRIVACIÓN JUDICIAL PREVENTIVA DE LA LIBERTAD en contra del acusado MAXIMINO ANTONIO ÁLVAREZ RAMOS, quien incumplió reiterada mente su obligación de comparecer a todos los actos del proceso a l.....