DISPOSITIVO
Por las razones expuestas en la motiva, este Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa, con sede en Guanare, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR la acción interpuesta por la ciudadana ASTRID GARALDY ESCALONA FONSECA contra la empresa REDIAL S.A., motivo: Cobro de Prestaciones Sociales y Otros Conceptos Laborales; por lo que consecuentemente la parte accionada debe pagar a la demandante la cantidad SESENTA Y NUEVE MIL SETECIENTOS DIECIOCHO BOLÍVARES CON TREINTA Y CUATRO CÉNTIMOS (Bs. 69.718,34), a la cual se deduce la cantidad de OCHO MIL NOVECIENTOS OCHO BOLÍVARES CON TRECE CÉNTIMOS (Bs. 8.908,13), resultando una diferencia a favor del trabajador de SESENTA MIL OCHOCIENTOS DIEZ BOLÍVARES CON VEINTIUN CÉNTIMOS (Bs. 60.810,21).
SEGUNDO: No hay condenatoria en costas por la naturaleza del fal.....