DISPOSITIVO
Por los razonamientos expuestos, este Tribunal de Primera Instancia en Función de Juicio N° 1 del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, RESUELVE:
PRIMERO: Con fundamento en el numeral 2° del artículo 256 del Código Orgánico Procesal Penal, D E C R E T A el ARRESTO DOMICILIARIO de MANUEL DARÍO SULBARÁN MEJÍAS, sujeto a la vigilancia interdiaria de la Policía del Estado Portuguesa, quien deberá supervisar día por medio que el acusado no abandone su residencia y deberá conducirlo al Tribunal cada vez que se le cite.
SEGUNDO: Con fundamento en el artículo 73 ejusdem, niega la solicitud de la Defensa Técnica del co-acusado NARCISO RAMÓN MATERÁN TORO, en el sentido de que se divida la continencia de la causa.
TERCERO: Declara sin lugar la solicitud de la Defensa Técnica del acusado MANUEL DARÍO SULBARÁN MEJÍAS, en el sent.....