DISPOSITIVA
Con base en a las consideraciones que anteceden este Juzgado de Primera Instancia Estadal y Municipal en función de Control No. 1 del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa con sede en Guanare, administrando justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, dicta los siguientes pronunciamientos:
1.- Se declara legítima la aprehensión en flagrancia del imputado Méndez Colmenarez Yackson Eddi, de conformidad con el artículo 234 del Código Orgánico Procesal Penal.
2.- Acuerda continuar por el procedimiento ordinario, de conformidad con el artículo 373 del Código Organice» Procesal Penal.
3.- Se acoge la precalificación jurídica por delito de Homicidio Intencional en Grado de Frustración, previsto y sancionado en el artículo 405 en concordancia con el artículo 80 del Código Penal, en perjuicio de Carlos Luis García.
4.- Se le decreta Medida Judicial Privativa de Libertad, de conformidad con los artíc.....