ORDEN DE APERTURA A JUICIO ORAL Y PRIVADO
Se ordena la apertura a juicio oral y privado, de los acusados IDENTIDAD OMITIDA antes identificados, por los hechos narrados en la audiencia por la Representación fiscal, expuestos en el escrito acusatorio y arriba enunciados, que constituyen la presunta comisión del delito deROBO AGRAVADO, establecido en el artículo 458 del Código Penal Venezolano, en perjuicio de la adolescente IDENTIDAD OMITIDA, así mismo el delito de LESIONES INTENCIONALES LEVES, establecido en el artículo 416 del Código Penal Venezolano, en perjuicio de la ciudadana KEISY ANDREINA MARTINEZ CAGGIA, y al adolescente IDENTIDAD OMITIDA, además de los anteriores delitos se le acusa por la presunta comisión del delito de PORTE ILICITO DE ARMA DE FUEGO, establecido en el artículo 112 de la Ley para El Desarme y Control de Armas y Municiones, en perjuicio del ESTADO VENEZOLANO. Se intima a las partes para que en un plazo común de cinco (5) días concurran ante el Tribunal de Ju.....