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Decisiones del dia 20/07/2016

Formato:  Ficha  Lista

Juzgado Segundo de Primera Instancia Agraria
Paginas 1 [Total de sentencias: 2] Página 1 de 1
N° Expediente : S-0235-A-16 N° Sentencia : 586 Fecha: 20/07/2016
Procedimiento:
Justificación De Perpetua Memoria
Partes:
LUÍS ALBERTO GALLARDO GALLARDO
Resumen:
En consecuencia, al haber sido requerido, por este Tribunal, que la ciudadana, SANDRA COROMOTO TORREALBA RODRÍGUEZ y el ciudadano, EDUARDO JOSÉ TORREALBA RODRÍGUEZ, corrigieran en un plazo de tres (03) días, la solicitud de JUSTIFICATIVO DE PERPETUA MEMORIA (Título Supletorio), por ser ambigua en la indicación de la documentación y señalización que demuestre la regularización de la tenencia de de la tierra y la actividad agrícola del lote de terreno, donde se encuentran ubicadas las bienhechurías, sobre la cual pretende se declare el "Título Supletorio", estando agotado dicho lapso sin que se hubiere producido tal actividad por parte de los solicitantes, este Tribunal, considera procedente aplicar la sanción prevista el artículo 199 de la Ley de Tierras y Desarrollo Agrario, y declarar INADMISIBLE la presente Solicitud. Así se decide.-
Juez/Ponente:
Marcos Ordoñez
Organo:
Juzgado Segundo de Primera Instancia Agraria
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N° Expediente : 00154-A-15 N° Sentencia : 584 Fecha: 20/07/2016
Procedimiento:
Accion Posesoria Agraria Por Restitucion
Partes:
ARGENIS RAMÓN AMARO VS WILMAN JOSÉ GIL
Resumen:
Razón por la cual, puede afirmarse que la caducidad de la acción, se cimienta sobre la relación temporal entre el ejercicio del derecho de acción y el término establecido para ello. Su fundamento radica en la necesidad social de no mantener pendientes las relaciones jurídicas indefinidamente, y poner fin a la indecisión de los derechos y consolidar las situaciones creadas, por lo que necesariamente debe estar positivizada, es decir, estar establecida en la Ley. En el caso de las acciones posesorias agrarias, como el caso de autos, tramitadas y decididas conforme a la normativa establecida en el capítulo IV del Título V de la Ley de Tierras y Desarrollo Agrario, no ha sido establecido en el cuerpo legal ningún lapso de caducidad para intentar la acción, como sí sucede en los procedimientos interdíctales comunes, según lo señala el artículo 783 del Código Civil y el artículo 709 del Código de Procedimiento Civil. Es ampliamente conocido en el foro agrario del país, que la Sala Constituci.....
Juez/Ponente:
Marcos Ordoñez
Organo:
Juzgado Segundo de Primera Instancia Agraria
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