Con fundamento en la motivación precedentemente expuesta, el Tribunal IV de Primera Instancia en lo Penal, en función Control, administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley hace los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: Decreta la NULIDAD ABSOLUTA DE LAS ACTAS POLICALES, que obra al folio 05, de estas actuaciones; así como del Acta de Inicio de la Investigación que obra al folio 04; Y EN CONSECUENCIA DE TODAS LAS ACTUACIONES PROCESALES DE ESTE ASUNTO PENAL, en el sentido que en ambas se incumple con lo establecido en el artículo 169 del Código Orgánico procesal Penal, todo de conformidad con el artículo 195, ejusdem. SEGUNDO: DECRETA LA LIBERTAD INMEDIATA DE LOS IMPUTADOS OTILIO ANTONIO VARGAS ALVAREZ, venezolano, titular de la Cédula de Identidad N°. 10.644.277, YANDERSON EDMUNDO TERAN RODRIGUEZ, venezolano, titular de la Cédula de Identidad N°. 17.278.025, MARIA EUGENIA ESCALONA SEQUERA, venezolana, titular de la Cédula de Identid.....