OPORTUNIDAD PARA ACCEDER A LAS FORMULAS ALTERNATIVAS DE CUMPLIMIENTO DE PENA
Por cuanto al penado de marras le fue revocado el beneficio de destacamento de trabajo en fecha 07 de agosto de 2009, no podrá optar a beneficios procesales, ni a las formulas alternativas de cumplimiento de pena de conformidad con lo establecido en el numeral 4º del articulo 488 del código orgánico procesal penal.-
IV
DEL CONFINAMIENTO
En cuanto al confinamiento de no procede su otorgamiento, de conformidad con lo establecido en el artículo 56 del Código Penal que establece:
En ningún caso podrá concederse la gracia de la conmutación al reincidente ni al reo de homicidio perpetrado en ascendientes, descendientes, cónyuge o hermanos, ni a los que hubieren obrado con premeditación ensañamiento o alevosía o con fines de lucro...".Subrayado del tribunal
En el presente caso, solo podrá redimir la pena impuesta a través del trabajo o el estudio que realice en el sitio de reclusión que se encuen.....