En razón de los fundamentos de hecho y de derecho anteriormente expuestos, este Juzgado Primero de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, Extensión Santa Bárbara de Zulia, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, Ordena Devolver en calidad de Depósito el vehículo MARCA: Ford, MODELO: F-750, PLACAS: 844 ? TAM, AÑO: 1975, COLOR: Rojo y Blanco, SERIAL DEL CARROCERIA: AJF75R56207, CLASE: Camión, TIPO: Cava, SERIAL DEL MOTOR: CBD1T553076, USO: Carga, al ciudadano ORANGEL ARAQUE GONZALEZ, quien es Venezolano, mayor de edad, portador de la cédula de identidad N° 4.702.312, domiciliado en la Población de la Palmita, Sector Campo Alegre, Casa S/N, vía principal, Parroquia Gabriel Picón González Municipio Alberto Adrianí del Estado Mérida, de conformidad con la decisión dictada por la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia en fecha 06 de Junio del año 2001, el artículo 311 del Código Orgánico Pr.....