...SE NIEGA la solicitud de librar el tercer cartel de remate.
Quedan sin efectos las publicaciones del primer y segundo cartel de remate y se ordena librar nuevamente el primer cartel de remate.
De conformidad con lo que dispone el artículo 551 del Código de Procedimiento Civil, los carteles se publicará, tanto en el diario "Última Hora" que circula en esta ciudad de Acarigua, como en un periódico de Ciudad Guayana del estado Bolívar, en el que se encuentra ubicado el inmueble objeto del remate.-