DISPOSITIVA
En fuerza de las motivaciones precedentes, este Tribunal de Primera Instancia en lo Penal en función de Juicio N° 2 del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley dicta los siguientes pronunciamientos: ABSUELVE a la ciudadana ROSA ANGÉLICA DUQUE, venezolana, de 51 años de edad, nacido el 17-02-1956, titular de la cédula de identidad No. 8.050. 036, residenciado en el Barrio Vista Alegre. Sector Los Canales Casa S/N. Guanare .Estado Portuguesa, en base a la deficiencia probatoria al no podérsele atribuir el delito de ocultamiento ilícito de sustancias estupefacientes y psicotrópicas, previsto y sancionado en el artículo 31 de la Ley Orgánica de Drogas Contra el Tráfico Ilícito y el Consumo de Sustancias y Estupefacientes y Psicotrópicas, en perjuicio del Estado Venezolano. Se ordena oficiar a la Unidad de Control y Actuaciones Policial, en relación al procedimiento de desacato solicitado por el .....