Por las razones antes expuestas, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley declara: DESISTIDO el recurso de apelación interpuesto por la ciudadana MARIA CECILIA ALMAO DE HEREDIA, en su condición de victima, asistida por el Abogado Miguel Ángel León Tapia, contra la sentencia dictada por el Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Penal, en función de Juicio, del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa, Extensión Acarigua, en fecha 18 de Enero de 2008, mediante la cual absolvió al acusado BALOY RAMON SANCHEZ NAVARRO por DUDA RAZONABLE, por la participación y culpabilidad en el delito de HOMICIDIO CULPOSO, previsto y sancionado en el Artículo 411 encabezamiento del Código Penal vigente para la época de la comisión del hecho, perpetrado en perjuicio de quien en vida respondiera con el nombre de JUAN JOSE HEREDIA, d.....