Por los fundamentos antes expuestos, este Juzgado Sexto de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA: PRIMERO: CONDENA al acusado, ciudadano ALCID ALBERTO OSORIO, de nacionalidad venezolano, natural de Maracaibo Estado Zulia, titular de la cedula de identidad N° 18.807.018, fecha de nacimiento 31-12-85, de 25 años de edad, hijo de Yadira Osorio y de Víctor Pantoja, de estado civil soltero, de profesión u oficio albañil, residenciado en el Barrio La Polar, calle 109, Casa S/N, frente al Colegio Víctor Raùl Sandoval, Municipio San Francisco del Estado Zulia, por la comisión de los delitos de DISTRIBUCION ILICITA DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS, previsto y sancionado en el artículo 31 Tercer Aparte de la Ley Contra el Tráfico Ilícito y el Consumo de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas y RESISTENCIA A LA AUTORIDAD, previsto y sancionado en el artíc.....