Por los anteriores razonamientos este Juzgado Segundo del Municipio Guanare del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara: PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda por concepto de Daños Materiales y Lucro Cesante derivados de Accidente de Tránsito incoada por la ciudadana BERLINDA BEATRIZ BASTIDAS MEJIAS a través de sus co-apoderados judiciales abogados CARLOS GUDIÑO SALAZAR y NELSON MARIN PÉREZ, venezolanos, titulares de las cédulas de identidad Nros 16.208.549 y 8.054.034 respectivamente, inscritos en el Inpreabogado bajo los Nros 130.283 y 20.745 en ese mismo orden, ambos de este domicilio, en contra de la empresa aseguradora FONDO CORPORATIVO NAGAR C.A., representada por su apoderado judicial abogado MIGUEL ARMANDO HERNANDEZ AGUILERA venezolano, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 65.695.
En consecuencia se condena a la parte demandada a pagar a la .....