DISPOSITIVA
Por lo anteriormente expuesto, este Juzgado de Primera Instancia en función de Ejecución Nº 1, del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara LA SUSPENSIÓN CONDICIONAL DE LA EJECUCIÓN DE LA PENA, al ciudadano NESTOR JOSÉ HERNÁNDEZ BRICEÑO, titular de la cedula de identidad Nº V-17.880.508, natural de Guanare Estado Portuguesa, fecha de nacimiento 04-03-1988, de 21 años de edad, estado civil soltero, obrero, residenciado en el Barrio El Valle, calle el desvió con avenida Los Chorros casa s/n, detrás de la UNEFA, Mesa de Cavacas, Guanare Estado Portuguesa, por la comisión del delito de OCULTAMIENTO DE ARMA DE FUEGO, previsto y sancionado en el artículo 277 del Código Penal, en perjuicio de Estado Venezolano, (Orden Publico), y así se decide.
Regístrese, notifíquese, Líbrese boleta de citaciónº al penado a objeto de comparecer ante este Juzgado a fines de .....