DECISION
Por los razonamientos anteriormente expuestos, este JUZGADO PRIMERO DEL MUNICIPIO GUANARE DEL PRIMER CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO PORTUGUESA administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara SIN LUGAR, la acción por TACHA DE FALSEDAD DE DOCUMENTO PUBLICO POR VIA PRINCIPAL seguida por el ciudadano LUIS ERICE CALVIJO SANTANDER., venezolano, mayor de edad, de este domicilio, titular de la cédula de identidad Nº 2.910.868., contra la ciudadana DULCE ALIDA SAMACA MEDINA, venezolana mayor de edad, de este domicilio, titular de la cédula de identidad número: 638.265.
En consecuencia queda fidedigno el documento público de fecha 25-04-2005 autenticado por la Notaría Pública de Guanare estado Portuguesa, quedando inserto bajo el Nº 79, tomo 33 de los Libros de Autenticaciones llevados por esa Notaria luego fue protocolizado por ante la Oficina de Registro Público de los Municipios Guanare estad.....