DISPOSITIVA
Por lo anteriormente expuesto, este Juzgado de Primera Instancia en función de Ejecución Nº 1, del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara la SUSPENSIÓN CONDICIONAL DE LA EJECUCIÓN DE LA PENA, al ciudadano Venicio Antonio Jiménez Segovia, venezolano, natural de Guanare Estado Portuguesa, mayor de edad, casado, nacido en fecha 10-01-1970, titular de la cedula de identidad Nº V-11.399.164, de profesión Sargento Segundo de la Policía del Estado Portuguesa (retirado), oficio Comerciante, residenciado en el Caserío Caño Delgadito, calle 11, casa Nº 46 Municipio Papelón Estado Portuguesa, por la comisión del delito de Porte Ilícito de Arma de Fuego, previsto y sancionado en los artículos 277 del Código Penal, en perjuicio del Estado Venezolano, todo de conformidad con los artículos 471, 482 y 483 del Código Orgánico Procesal Penal.
Regístrese, notifíquese, cí.....