Ahora bien, este juzgador advierte de la narrativa libelar, de las pruebas producidas junto con el escrito de contestación y reconvención de la demanda, consistentes en forma general a diferentes tipos de instrumentos, que ilustran en forma aparente la legitimidad de la posesión agraria de los ciudadanos ELIANNIS YASMIRA ALEJO RIERA, WILFREDO NELSON ALEJO RIERA, WILMER JOSÉ ALEJO RIERA, WILLY NAIR ALEJO RIERA y ELIECER ADONAY ALEJO RIERA, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad números 10.722.285, 10.722.294, 11.404.946, 12.895.909 y 19.855.281, en su orden, sobre los lotes de terrenos denominado "Los Claveles" y "La Gucharaca". Es aprehendido, por otra parte, del reconocimiento judicial practicado, la existencia de tenencia por parte de los demandados sobre los predios, la existencia de mejoras y bienhechurias agrícolas y la existencia de maquinarias, herramientas e insumos agrícolas para el desarrollo de las actividades agrarias en los cultivos existentes;.....