Con base a los fundamentos anteriormente expuestos, este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: LA APROBACIÓN Y HOMOLOGACIÓN de la TRANSACCIÓN en el juicio que por COBRO DE BOLÍVARES (V.I), interpuesto por el abogado NELSON SEGUNDO RODRÍGUEZ, de nacionalidad venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad número V-7.369.859, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 133.205, en su carácter de endosatario en procuración al cobro de la firma Mercantil LA VAQUERA, C.A., R.I.F J-303947700, contra el ciudadano JONATHAN DANILO BELTRÁN MORALES, de nacionalidad, mayor de edad, comerciante, titular de la Cédula de Identidad número V-19.664.383, a titulo personal y como único firmante de su representada firma personal MAXCOLANDIA, F.P, asistido por el abogado FREDDY ORLANDO ACERO SALINAS, de.....