Por todas las razones antes expuestas, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa, Administrando Justicia en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y Por Autoridad de la Ley, declara: SIN LUGAR Sin lugar el Recurso de Apelación interpuesto por el ciudadano MORA MORA JESÚS HUMBERTO, debidamente asistido por el abogado LUIS JAVIER BARAZARTE SANOJA, en fecha 13 de Noviembre de 2006, en contra de la decisión dictada por el Juzgado Tercero de Primera Instancia en Función de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa, de fecha 13 de Noviembre de 2006, mediante la cual negó la entrega del Vehículo clase camioneta, modelo f-150 17M, tipo pick-up, marca Ford, año 1998, color rojo serial de carrocería WA24763; serial del motor AJFIWP 24763; uso carga, placa OEA, formulada por el ciudadano Mora Mora Jesús Humberto