Por los fundamentos antes expuestos, este Tribunal Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Guanare del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, DECLARA: CON LUGAR la solicitud de DIVORCIO formulada por los ciudadanos María Lourdes Salas Chinchilla y Martin Antonio Jiménez, venezolanos, mayores de edad, titulares de la Cédulas de Identidad Nros V-15.309.501 y V-16.210.286 respectivamente, ambos domiciliados en el Barrio Nuestra Fe, Calle Principal, casa Nº 36, de esta ciudad de Guanare del estado Portuguesa, debidamente asistidos por el profesional del derecho Richard Sepúlveda Peña, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº V-11.187.175, e inscrito en el I.P.S.A bajo el Nº 200.702, de conformidad con lo establecido en la Sentencia Nº 693, dictada en fecha 02 junio de 2015, Expediente Nº 12.1163, por la Sala C.....