declara:
a) CON LUGAR la litispendencia en la presente demanda de OBLIGACION DE MANUTENCION, incoada por la ciudadana LUCRECIA COROMOTO GONZALEZ, en contra del ciudadano RAFAEL ANTONIO SOTO SANCHEZ, en relación con los niños y/o adolescentes (se omiten los nombres de los niñas, niñas y adolescentes por razones de confidencialidad), en virtud de que en la presente causa la citación del demandado se produjo con posterioridad a la causa que cursa por ante la Sala de Juicio ¿ Juez Unipersonal No. 1, contentivo de Ofrecimiento de Obligación de Manutención.-
b) SUSPENDIDAS las medidas preventivas de embargo decretadas por este Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, Sala de Juicio ¿ Juez Unipersonal No. 4, en fecha 29 de junio de 2007, las cuales fueron ejecutadas en fecha 04 de julio de 2007, por el Juzgado Cuarto Ejecutor de Medidas de los Municipios Maracaibo, Jesús Enrique Lossada, San Francisco, Mara, Páez y Almirante Padilla de la Circunscripción Judicial del Estado .....