En este estado, el Tribunal, oídas las partes y una vez revisadas las actuaciones que conforman la presente causa, observa que este acto se ha diferido, en más de dos oportunidades por falta del quórum necesario de participación ciudadana, lo cual determina que este Juzgador asuma el control jurisdidiccional de la causa, de conformidad con lo establecido en el artículo 164 de la citada reforma legal, y en consecuencia, acuerda LA CONSTITUCIÓN DEL TRIBUNAL EN FORMA UNIPERSONAL para conocer del Juicio Oral y Publico en contra del acusado LUIS ENRIQUE MEJIAS ESTRADA, por la presunta comisión del delito de ROBO AGRAVADO, cometido en perjuicio de la ciudadana JENNY MARTINEZ. Se fija la realización del Juicio Oral y Público de manera Unipersonal para el día Martes Trece (13) de Octubre de 2009, a las 10:00 a.m. Se acuerda librar boleta de notificación a la victima, así como a los órganos de prueba ofrecidos por las partes y realizar las participaciones correspondientes. Se deja constancia q.....