Seguidamente el Tribunal Administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara legalmente embargado preventivamente los siguientes conceptos: PRIMERO: EL TREINTA POR CIENTO (30%) de las cantidades de dinero por concepto de SUELDO O SALARIO INTEGRAL; SEGUNDO: EL TREINTA POR CIENTO (30%), del BONO VACACIONAL, UTILIDADES Y LIQUIDAS del presente año 2013, que le pueda corresponder al demandado EUCLIDES ANTONIO RODRIGUEZ, ya identificado, como trabajador al servicio de la empresa P.D.V.S.A, Departamento de Operaciones acuáticas. Se le informa al notificado que una vez se haga efectiva la presente medida, las cantidades de dinero correspondiente al ORDINAL PRIMERO deberán ser entregadas mensual y directamente a la demandada, ciudadana ZULIME BEATRIZ MORENO DIAGO, antes identificada y la correspondiente al ORDINAL SEGUNDO, deberán ser remitidas en cheque de gerencia a la orden del JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL .....