Por todo lo antes expuesto, este Tribunal de Primera Instancia Penal en Función de Juicio Nº 03 del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, NIEGA LA SOLICITUD interpuesta por el Abogado Jose Jesus Torres leal y mantiene la medida de arresto Domiciliario decretada en su oportunidad al acusado: Ronald Hernandez Guedez Venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº 16.029.934, de estadop civil soltero, nacido en caracas Dtto Capital, en fecha 07/10/1982 y residenciado en barrio Nuevas Brisas al final de la calle 32, casa Sin numero, Guanare estado portuguesa, que fuera decretada por el Tribunal de Control Nº 03, en fecha 05/05/2008. Notifíquese a las partes.