Por los fundamentos antes expuestos, este Juzgado Sexto de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, ACUERDA el cese de la medida de privación judicial preventiva de libertad y la imposición de algunas de las Medidas Cautelares Sustitutivas de la Medida de Privación Judicial Preventiva de Libertad, al acusado ALEJANDRO JAVIER MARTÍNEZ PÉREZ. Específicamente, este Tribunal decide imponerle las medidas cautelares sustitutivas establecidas en los numerales 3, 4 y 8 del artículo 256, en concordancia con los artículos 258 y 260, todos del Código Orgánico Procesal Penal, que son las siguientes: 1) La presentación por ante este Tribunal todos los días lunes de cada semana, y, en caso de no ser laborable algún lunes, hacerlo el siguiente día laborable; 2) la prohibición de salir de la Ciudad de Maracaibo sin la autorización previa y por escrito de este Tribunal; 3) la prestación de una fianza de cuatro (4) personas idóneas, de rec.....