DECISIÓN:
Por las razones antes expuestas, este Juzgado Primero de Municipio Guanare del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley Declara: CON LUGAR la SOLICITUD DE RECONOCIMIENTO DE CONTENIDO Y FIRMA DE DOCUMENTO PRIVADO, otorgado por los ciudadanos ZOILO RIVAS y GABRIEL CONDE, y en consecuencia RECONOCIDO el Documento que cursa al folio dos (02) de este expediente. Así se decide.