DISPOSITIVA
Por las motivaciones anteriormente expuestas este Tribunal de Primera Instancia en lo Penal en funciones de Control Nº 3 del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, dicta los siguientes pronunciamientos:
Primero: Declara con lugar el petitorio de la representación fiscal de la Aprehensión Flagrante y se acuerda la prosecución de los presentes actos de investigación por la vía del Procedimiento Ordinario, conforme a lo previsto en los artículos 248 y 373 del Código Orgánico Procesal Penal.
Segundo: Acoge la precalificación presentada por el Ministerio Público como Robo Genérico en Grado de Autoría , previsto y sancionado en el articulo 455 del Código Orgánico Procesal Penal .
Tercero: Se decreta la Medida Privativa Judicial Preventiva de Libertad al imputado FERNANDEZ JOSE ANTONIO, venezolano, obrero, titular de la cédula de identidad Nº 22.098. 118, de 32 años.....