Linares Sivira Héctor Ramón, fue detenido en la primera oportunidad por este hecho el día 18 de marzo del 2006 hasta el día 20 de Marzo del 2006, computándosele dos (02) días de detención, fecha en la cual el Tribunal de Control Nº 03, de este Circuito Judicial Penal, le acordó Medida Cautelar Sustitutiva de Libertad. Posteriormente le fue dictada Orden de Aprehensión el 10-04-2007, siendo detenido el 16-09-2007 y por cuanto aun se encuentra detenido por otros hechos, este Tribunal considera que aunque no esté detenido por este delito, se le debe computar los días detención que lleva hasta el día de hoy, por tratarse del mismo sujeto, y si bien procede la acumulación de las penas para formar una sola, mal podría no computarse el tiempo que lleva detenido hasta ahora por el delito en curso, aunque esté detenido por otro hecho.
Ahora bien, siendo que desde la segunda detención hasta el día de hoy 24-01-2008, lleva detenido cuatro (04) meses y ocho (08) días, sumados los dos .....