Por consiguiente, revisado como ha sido el derecho, en base a la presunción de admisión de los hechos alegados por los demandantes, en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley se declara PARCIALMENTE CON LUGAR la acción intentada por los ciudadanos: Maria Socorro Acosta De Viera, Titular de la Cedula de Identidad N° 12.824.343, Moreno Tirso José, Titular de la Cedula de Identidad N° 24.021.205, Santiago José Escalona Escalona, Titular de la Cedula de Identidad N° 12.894.512, José Alberto Cáceres Algomeda, Titular de la Cedula de Identidad N° 12.008.640.Gregoria Antonia Díaz Cuello, Titular de la Cedula de Identidad N° 8.768.600, Argenis Antonio Moreno, Titular de la Cedula de Identidad N° 14.865.813, Cleiver José Becerra, Titular de la Cedula de Identidad N°, 15.138.037, Brigido Antonio Fernández Fernández, Titular de la Cedula de Identidad N° 12.012.879, Honorio Contreras, Titular de la Cedula de Identidad N° 12.010.445, José Teresio Materan, Titular d.....