Con fundamento en las anteriores consideraciones este Tribunal Unipersonal en funciones de Juicio Nº 03, del Primer Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, con sede en Guanare, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara culpable al ciudadano PINILLA BRICEÑO JOSE MARIA, Colombiano, mayor de edad, nacido en fecha 23-03-51, titular de la cedula de identidad N° E-81.467.362, residenciada en la Urbanización Juan Pablo II, vereda D-09, Guanare estado Portuguesa,, por la comisión delito de Homicidio Intencional, en perjuicio de CAMEJO RODRIGUEZ AQUILES ARGENIS, imponiéndosele la pena de QUINCE (15) AÑOS DE PRESIDIO, previsto y sancionado en los artículos 407 del Código Penal vigente para la época, condenándolo a cumplir la pena de quince (15) años de presidio, pena aplicada conforme al artículo 367 del Código Orgánico Procesal Penal, así como las penas accesorias a las de presidio según lo.....