Con fundamento, en los hechos y el derecho invocado, este JUZGADO PRIMERO DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA, EXTENSION SANTA BARBARA DE ZULIA, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, ACUERDA LA DEVOLUCION EN CALIDAD DE DEPOSITO el vehículo Marca: Chevrolet; MODELO: Chevette; Tipo: Coupe; Clase: Automóvil; Placas: XIF-252; Año: 1.987; Color: Rojo; Serial Carrocería: 5C11JJV3011247; Uso: Particular.; al ciudadano OMAIRO MARTINEZ PEDRAZA, Venezolano, Mecánico Industrial, de 37 años de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V-6.287.885 y residenciado en la Urbanización Simón Bolívar, calle 15 casa N° 1-55, Ureña, Estado Táchira, de conformidad con lo establecido en el artículo 311 del Código Orgánico Procesal Penal Vigente, y Sentencia de Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, de fecha 06 de agosto de 2004. En consecuencia, se ordena librar el correspondiente oficio al Representante del.....