DISPOSITIVA
Por los motivos antes expuestos este Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de medidas del Ospino del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR la SOLICITUD DE DIVORCIO presentada por los ciudadanos CARMEN ALEIDA MENDOZA DE SANCHEZ Y WILLIAMS JOSE SANCHEZ TOVAR, Venezolanos, mayores de edad, Titulares de la cedula de Identidad Nros V- 10.963.808 y V-10.729.616, domiciliados el primero en el Barrio 23 DE Enero, calle plaza casa sin número del municipio Ospino, estado Portuguesa y la segunda domiciliada en Barrio 23 de enero calle Principal casa sin número del municipio Ospino del estado portuguesa y DISUELTO en consecuencia el Matrimonio por ellos contraído, 27 de ABRIL de 1993, por ante la Oficina de Registro Civil del Municipio Ospino del Estado Portuguesa. Según acta N° 48 ASI SE DECIDE.
Expídase a las partes copia.....