Por todas las razones de hecho y de derecho antes expuestas y claramente establecidas, este Tribunal Primero de Sustanciación Mediación y Ejecución en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, Declara su Incompetencia por la Materia y Declina la Competencia al Tribunal Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Región Centro Occidental, con sede en Barquisimeto Estado Lara, a los fines de que conozca del presente asunto. Y vencido como se encuentre el lapso para que las partes interpongan los recursos de ley, se librará el oficio de remisión respectivo. Y Así se Establece. Es Todo.