En este estado, el Tribunal, oídas las partes y una vez revisadas las actuaciones que conforman la presente causa, observa que este acto se ha diferido, en más de dos oportunidades por falta del quórum necesario de participación ciudadana, lo cual determina que este Juzgador asuma el control jurisdidiccional de la causa, de conformidad con lo establecido en el artículo 164 de la citada reforma legal, y en consecuencia, acuerda LA CONSTITUCIÓN DEL TRIBUNAL EN FORMA UNIPERSONAL para conocer del Juicio Oral y Publico en contra del acusado JOSE LUIS PRIETO BARRAEZ, por la presunta comisión del delito de ROBO AGRAVADO DE VEHICULO AUTOMOTOR, cometido en perjuicio de JOSE GUILLERMO ANAYA CAICEDO. Se fija la realización del Juicio Oral y Público de manera Unipersonal para el día Viernes Dieciséis (16) de Octubre de 2009, a las 11:30 a.m. Se acuerda librar boleta de notificación a la victima, así como a los órganos de prueba ofrecidos por las partes y realizar las participaciones correspondient.....