D I S P O S I T I V A
Por los fundamentos expuestos, éste TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL CIRCUITO JUDICIAL DE PROTECCIÓN DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES DEL SEGUNDO CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO PORTUGUESA, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DECLARA SIN LUGAR, la demanda de Divorcio intentada por la ciudadana: MARIA ELIZABETH FIGUERA BRICEÑO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 12.526.866, en contra de su cónyuge ANTONIO MANUEL FIGUEIREDO CARREIRA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 25.697.661, ambos identificados en autos, fundamentada en la causal tercera del artículo 185 del Código Civil. Y ASÍ SE DECLARA.
No hay condenatoria en costa por la naturaleza del procedimiento. Regístrese y Publíquese.