En suma y con fundamentó en las razones que preceden, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, dicta el siguiente pronunciamiento: Declara SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto en fecha 31/07/2007 por el abogado Luís Rivera Cleer Fiscal Segundo Encargado del Ministerio Público. En consecuencia se CONFIRMA la decisión de fecha 23/07/2007, dictada por el Juzgado Primero de Primera Instancia Penal en función de Control Nº 3, del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa Acarigua.