Por los razonamientos anteriormente expuestos, este JUZGADO DÉCIMO CUARTO (14°) DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara: PRIMERO: DESISTIMIENTO DE LA ACCION, en la demanda incoada por el ciudadano LEVI ELIAS MEDINA BECERRIL, venezolano, mayor de edad, y titular de la cédula de identidad N° 12.358.622 en contra de la sociedad mercantil FUENTE DE SODA EL LEON C.A, inscrita en el Registro mercantil Primero de la Circunscripción Judicial del Distrito Federal y Estado Miranda en fecha 21 de diciembre de 1999, quedando inserta bajo el N° 40, Tomo 91-A-Sgdo. SEGUNDO: No hay condenatoria en costas dada la naturaleza del presente fallo.