este JUZGADO DÉCIMO CUARTO (14°) DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL CIRCUITO JUDICIAL DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda incoada por la ciudadana IRIS CEBALLOS REY, titular de la cédula de identidad Nº 6.451.469, contra la sociedad mercantil EDIFICACIONES DE VIVIENDA SOCIAL EDIVISO C.A. Inscrita por ante el Registro Mercantil Quinto de la Circunscripción Judicial del distrito capital del Estado Miranda, en fecha 28 de Febrero de 2013, bajo el N° 12, Tomo 719-A-Qto. En consecuencia, se ordena a la parte demandada a pagar a la accionante las cantidades y conceptos que se discriminan en la parte motiva del presente fallo, y los intereses e indexación. SEGUNDO: No hay condenatoria en costa dada la naturaleza del presente fallo.