Por los fundamentos antes expuestos, este Juzgado de los Municipios Catatumbo y Jesús Maria Semprún de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con los artículos 315, 375 y 518 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, DECLARA: APROBADO Y HOMOLOGADO TOTALMENTE EL CONVENIMIENTO en los términos establecidos, celebrado entre la ciudadana LEIDY CAROLINA GELVIS ESCALANTE, venezolana, mayor de edad, soltera, titular de la cédula de identidad Nº V-20.154.980, domiciliada en el Sector Padre José Cisneros de la Población y Parroquia Encontrados, Municipio Catatumbo del Estado Zulia, , y el ciudadano JESUS ALFONSO SANCHEZ PEÑA, venezolano, mayor de edad, soltero, titular de la cédula de identidad Nº V-18.695.720, domiciliado en el Barrio San Benito, casa Nro. 2334000, carretera que conduce de Maracaibo a la Concepción, saliendo por el Sector Curva.....