DISPOSITIVA
Por todo lo anteriormente expuesto, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, hace los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: Se declaran SIN LUGAR los recursos de apelación interpuestos por los Abogados DAHIL ALEJANDRO MENDOZA PINO, en su condición de Defensor Privado del imputado DANIEL JOSÉ GONZÁLEZ BRAVO, y ANLLY JOSÉ MOSQUERA VEGA, en su condición de Defensor Privado del imputado RUFO EDGARDO CALLES ROJAS; y SEGUNDO: Se CONFIRMA la decisión dictada en fecha 02 de octubre del 2014 y publicada en fecha 13 de octubre del 2014, por el Tribunal Segundo de Primera Instancia en Función de Control de este Circuito Judicial Penal, con sede en Guanare.
Déjese copia, diarícese y remítanse las actuaciones en su oportunidad legal al Tribunal de procedencia.
Dada, firmada, sellada y refrend.....