DISPOSITIVA
Por los fundamentos antes expuestos, este TRIBUNAL PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO GUANARE DEL PRIMER CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO PORTUGUESA, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara CON LUGAR la solicitud de Divorcio 185-A, propuesta por los ciudadanos: LUIS ENRIQUE GUEDEZ TORRES Y MAIROVI DEL CARMEN GRATEROL ROJAS VENEZOLANOS, MAYORES DE EDAD, TITULARES DE LAS CÉDULA DE IDENTIDAD Nº V- 11.668.804 Y V- 13.040.456 respectivamente, de conformidad con lo establecido en el Artículo 185-A del Código Civil. En consecuencia, bajo la premisa del Artículo 184, queda DISUELTO el vínculo conyugal contraído por los referidos ciudadanos, en fecha veintiséis de Marzo de Mil Novecientos Noventa y Tres (26/03/1.993) por ante la Oficina Municipal del Registro Civil del Municipio Guanare del estado Portuguesa; Publíq.....